Ley de Imprenta y Código de Ética

Ley de Imprenta y Código de Ética

Pese a un sinfín de amenazas a medios, acusaciones a periodistas, anuncios de procesos judiciales y proyectos de ley en varios gobiernos que pretendieron limitar la libertad de prensa en Bolivia, se logró consolidar la plena vigencia de la Ley de Imprenta y se detuvo varios intentos de censura al periodismo en el país.

Si bien esta norma tiene casi un siglo (promulgada el 19 de enero de 1925, durante el gobierno de Bautista Saavedra) sus bases normativas y garantías para un ejercicio periodístico libre se mantienen y efectivizan. Es la norma máxima que rige al periodismo, pero para muchos también debe ser sujeta a una actualización.

La Ley de Imprenta contiene 71 artículos. Su máxima utilidad se basa particularmente en tres de ellos que, a lo largo de los últimos años han cobrado mayor relevancia dados los escenarios de amenazas y riesgos también dados a conocer por diferentes organismos internacionales e instituciones de Derechos Humanos:

Art. 1. Todo hombre tiene el derecho de publicar sus pensamientos por la prensa, sin previa censura, salvo las restricciones establecidas por la presente ley.

Art. 8. El secreto en materia de imprenta es inviolable.

Art. 14. Nadie puede ser admitido a probar la verdad de hechos difamatorios, sino contra los funcionarios públicos o gerentes de sociedad anónima o en comandita por acciones sobre imputaciones relativas al ejercicio de sus funciones. La prueba de los hechos imputados pone al autor al abrigo de toda pena, sin perjuicio de la que corresponde por la injuria que no fuere necesariamente dependiente de los mismos hechos.

A la par de esta Ley de Imprenta, el periodismo boliviano tiene cuatro códigos de ética generales: el del Tribunal Nacional de Ética Periodística (TNEP), el de la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP), el de la Confederación Sindical de Trabajadores de la Prensa de Bolivia y el de la Asociación Nacional de la Prensa (ANP).

El Código Nacional de Ética periodística de Bolivia es aplicado por el TNEP, a través del Consejo Nacional de Ética Periodística (CNEP), que es una instancia de autorregulación propiciada y respaldada por las principales instituciones bolivianas ligadas al periodismo y la comunicación social y recoge principios universalmente reconocidos para la autorregulación y el ejercicio ético del periodismo. Además,  busca garantizar el derecho a la información y a la comunicación, que está reconocido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (art.19), en la Convención Americana de Derechos Humanos (Art.13) y en la Constitución Política del Estado de Bolivia (Art. 21 numerales 3,5,6; Art 106 y Art.107.

Ya los orígenes del CNPE datan de la Declaración y Resolución de Huatajata (La Paz), el 6 y 7 de noviembre de 1998, donde se ratifica la defensa intransigente de los principios de la libertad de expresión y de prensa en Bolivia protegidos por la Constitución Política, además, en esa reunión se resolvió repudiar cualquier acción estatal o privada dirigida a coartar la libertad de expresión en el país declarando a la Ley de Imprenta como Patrimonio de los periodistas bolivianos.

Y fue tras un largo proceso culminado en mayo del 2006, que se fundó formalmente este Consejo Nacional de Ética Periodística, en un acto en  la APLP, entidad gestora y propulsora de la iniciativa.

Conforman este CNPE: la Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia (ANPB), la Asociación Boliviana de Radiodifusoras (ASBORA), la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP), la Confederación Sindical de Trabajadores de la Prensa de Bolivia (CSTPB), la Asociación Mundial de Radios Comunitarias de Bolivia (AMARC – Bolivia), la Asociación Boliviana de Investigadores de la Comunicación (ABOIC) y medios de televisión que se adscribieron directamente.

Uno de los fundamentos de este Código Nación del Ética periodística es precisamente Impedir todo tipo de censura, sea esta social, política o económica, hechos o violaciones a la libertad de expresión, que pudieran venir de autoridades y otras entidades y que disminuyan, restrinjan, dificulten o anulen el ejercicio de la libertad de prensa, de información y de opinión”.

La ética, el oxígeno del periodista

Ya lo dijo Gabriel García Márquez, escritor, guionista, editor de libros y periodista colombiano: La ética debe acompañar siempre al periodismo como el zumbido al moscardón”. Esta premisa es la que rige el ejercicio periodístico en Bolivia y el mundo.

Para el periodista y escritor boliviano Luis Ramiro Beltrán Salmón, la ética periodística puede entenderse, en particular, por la manera moral de ser y de hacer del periodista, regida por su profunda identificación con principios y normas de adhesión a la verdad, a la equidad, al respeto por la dignidad y por la intimidad de las personas, al ejercicio de la responsabilidad social y a la búsqueda del bien común.

Otros periodistas y autores definen a la ética periodística como un conjunto de valores y normas que rige al periodismo y que brinda pautas para que el periodista realice su trabajo diario considerando los pilares fundamentales de la profesión.

La ética en el periodismo es crucial para garantizar la veracidad y la confianza en la información. La responsabilidad ética también es destacada por la académica boliviana Laura Gutiérrez, quien subraya que la ética protege al periodismo de sesgos y manipulaciones, manteniendo su rol fundamental en la democracia. En un contexto de creciente desinformación, adherirse a principios éticos es indispensable para preservar la integridad informativa.

Beltrán acota que la ética es fundamental e indispensable para el periodismo. “Ella es, en la percepción de Alberto Zuazo Nathes, Premio Nacional de Periodismo y expresidente de la Asociación de Periodistas de La Paz, el componente esencial del periodismo y la sustancia en que descansa la confianza pública sobre éste. Y Gabriel García Márquez, en feliz metáfora, dice: ‘La ética no es una condición ocasional, sino que debe acompañar siempre al periodismo como el zumbido al moscardón’”.